miércoles, 12 de julio de 2017

Los Acuerdos de Normalización OTAN (STANAG)

En España, desde un punto de vista jurídico, el concepto de normalización se define en el Art. 8.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria como la actividad por la que se unifican criterios respecto a determinadas materias y se posibilita la utilización de un lenguaje común en un campo de actividad concreto. Centrándonos en el ámbito castrense, esa actividad se regula en la Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre (Reglamento de Normalización Militar de Materiales) que derogó la anterior Orden Ministerial 238/2002, de 14 de noviembre, por la que se había aprobado el procedimiento para la implantación, ratificación, revisión y derogación de los Acuerdos de Normalización OTAN. De acuerdo con esa reglamentación, el Art. 4 de la Orden de 2010 es el precepto que define qué es un STANAG: Acuerdo de Normalización OTAN. Acrónimo de STANdardization AGreement. Acuerdo entre la totalidad o parte de los países miembros de la Alianza para adoptar similares equipos militares, munición, sistemas de información y telecomunicaciones (CIS), suministros y sistemas de almacenaje, procedimientos operativos, logísticos y administrativos.

A continuación, ese mismo Reglamento explica qué son la cancelación de un STANAG (anulación decidida por la OTAN), su derogación (anulación, en el ámbito nacional, del cumplimiento de un acuerdo previamente implantado, debido a su cancelación por la OTAN o a decisión nacional), implantación (compromiso oficial, nacional y voluntario de cumplir la totalidad o parte del mismo), ratificación (conformidad oficial nacional con su contenido, total o parcialmente, sin el compromiso de cumplirlo), reservas (restricciones nacionales al cumplimiento de un STANAG) y solicitud de ratificación (documento OTAN mediante el que se recaba oficialmente a las naciones la postura nacional en cuanto al compromiso de implantación de un STANAG).

Según el Ministerio de Defensa español (*): La normalización OTAN tiene por objeto el desarrollo de conceptos, doctrinas, procedimientos y diseños para alcanzar mayores niveles de intercambiabilidad, interoperabilidad e identidad en los campos operativo, administrativo y de materiales de las fuerzas de la Alianza Atlántica.


La razón de ser de estos acuerdos es sencilla: en 1949, los 12 países [Bélgica, Canadá, Dinamarca, EE.UU., Francia, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal y Reino Unido] que firmaron el Tratado de Washington se comprometieron a defenderse mutuamente en caso de agresión a cualquiera de ellos; hoy en día, la Alianza Atlántica está integrada por 32 miembros (los últimos han sido Montenegro, en 2017; Macedonia del Norte, en 2020; Finlandia, en 2023; y Suecia, en 2024) y, con el fin de la Guerra Fría se ha reconvertido en una organización político-militar que salvaguarda la libertad y la seguridad de sus Estados miembro al mismo tiempo que también promueve valores democráticos y la prevención de conflictos. Para que la OTAN alcanzara sus objetivos, en estas casi siete décadas de existencia, fue imprescindible estandarizar ámbitos tan diversos como las tácticas urbanas, el calibre de la munición subacuática, la simbología de los mapas o el rango de los militares –por citar tan solo algunos de los cientos de acuerdos que se han adoptado (**)– o habría sido imposible cumplir sus compromisos. Así, por ejemplo, la escala de un buque de la Armada española en el puerto de cualquier otro Estado de la Alianza Atlántica se rige por las disposiciones del acuerdo normalizado de la OTAN STANAG 1100; mientras que el suministro de artículos para el abastecimiento tiene que cumplir el STANAG 4177; el procedimiento para actuar en caso de que una aeronave extranjera sufra un accidente se especifica en el STANAG 3531; la valoración de los conocimientos de otros idiomas que aleguen los militares para hacerse con una determinado destino (STANAG 3379); el intercambio de avisos de peligros (STANAG 7025); etc.

Dentro de este Sistema OTAN de Codificación, junto a los STANAG, la Oficina de Normalización de la OTAN –o NATO Standardization Office (NSO), con sede en Bruselas (Bélgica), bajo la autoridad del Committee for Standardization (CS)– también aprueba las recomendaciones de normalización OTAN [STANREC (acrónimo de STANdardization RECommendation)] y las publicaciones aliadas (AP o Allied Publication); pero, en estos dos últimos casos se trata de documentos no vinculantes.

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