miércoles, 21 de diciembre de 2011

Medioambiente (VI): El Derecho a una noche estrellada

Siendo conscientes de que la visión de la luz de las estrellas ha sido y es una inspiración para toda la Humanidad, y que su observación ha representado un elemento esencial en el desarrollo cultural y científico de todas las civilizaciones... ¿Tenemos derecho a un cielo nocturno sin contaminación lumínica que nos permita contemplar el firmamento? Según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sí; en concreto, la Conferencia Internacional en Defensa de la Calidad del Cielo Nocturno y el Derecho a Observar las Estrellas –que se celebró en la isla canaria de La Palma, el 20 de abril de 2007– adoptó una declaración que persigue considerar el derecho a un cielo nocturno no contaminado que permita disfrutar de la contemplación del firmamento, (…) como un derecho inalienable de la Humanidad, equiparable al resto de los derechos ambientales, sociales y culturales. La progresiva degradación del cielo nocturno ha de ser considerada como un riesgo inminente que conlleva la pérdida de un recurso fundamental.

Para lograr ese objetivo, la Declaración de La Palma señaló que debe plantearse un uso racional de la iluminación artificial, minimizando el resplandor que provoca en el cielo y evitando la nociva intrusión del exceso de luz sobre los seres humanos y el medio natural. Esta estrategia implica un uso más eficiente de la energía en consonancia con los acuerdos sobre el cambio climático y la protección del medio ambiente. Y, en última instancia, se trata de promover una Declaración Universal del Derecho a la Luz de las Estrellas, como expresión del compromiso de protección de este patrimonio común de la humanidad.

En ese contexto, las reservas Starlight son “Reservas del Cielo Nocturno” dentro de espacios naturales protegidos –tal y como sucede con el cielo majorero, en Fuerteventura, por ejemplo– y se conciben como un factor clave en la estrategia de conservación de la biodiversidad y de las manifestaciones de la vida nocturna. Su función es preservar la calidad del cielo nocturno y de sus valores (culturales, científicos, astronómicos, paisajísticos o naturales). Esta iniciativa de “cielos limpios” se desarrolla en el marco de la Red Mundial de Reservas de Biosfera de la UNESCO, por su carácter de laboratorios de la ciencia y el desarrollo sostenible y como referentes mundiales para poner en valor los recursos ambientales.

El antecedente legislativo de todas estas disposiciones lo encontramos en una norma española que se podría calificar de auténticamente pionera: la Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias; en la que ya se establecieron -hace más de veinte años- un conjunto de medidas para garantizar la calidad astronómica de estos observatorios, incluyendo el alumbrado de exteriores.

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